Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, en todas sus partes, con base en la motivación precedente, la decisión dictada el 21 de abril del 2017 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró homologado el convenimiento de fecha 27 de marzo de 2017 efectuado por la representación judicial de la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en los términos en que ha sido suscrito, el cual queda consumado, debiendo tenerse como Sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, en el juicio de por COBRO DE BOLÍVARE.....