DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en Lo Civil, Mercantil Y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer la inhibición de autos; es decir la de inhibición planteada por el abogado Hilarión Riera Ballestero, juez suplente del Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil Y el Tránsito de esta circunscripción judicial, en virtud de haberse declarado sin lugar la inhibición planteada por la abogada Delia Josefina González de Leal, en su condición de Juez Provisoria del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, para conocer de esta incidencia.
SEGUNDO: Remítase el presente cuaderno al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en virtud de .....