Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 19 de junio de 2017, por el abogado RUBEN RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 75.439, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil PROYECTO 18.433, C.A., contra la decisión de fecha 31 de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la denuncia por violación del numeral 5º del art.....