D I S P O S I T I V A
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en atención a la Sentencia Nº 875 de fecha 26/06/2012, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y con fundamento en los artículos 479, 500 numeral 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy derogado, SE DECLARA IMPROCEDENTE LA AUTORIZACIÓN DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el DESTACAMENTO DE TRABAJO, a favor del penado LUIS ALFREDO GONZALEZ OLIVERA, y se le impone: 1.-Deberá recibir orientación Integral por parte de la Institución a fin de favorecer su pronóstico en una próxima oportunidad. Líbrese Oficios al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Notifíquese de la presente al penado. Notifíquese a las partes. Registrado en esta misma fecha. P.....