En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de septiembre de 2012, ejercida por el abogado en ejercicio Antonio Castillo Chávez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.021, actuando en su carácter de representación judicial de la parte actora Droguería Race C.A., contra sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 17 de septiembre de 2012
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida, la cual declaró La Perención Breve de la Instancia, al no haber cumplido la actora con las obligaciones que le impone el artículo 267 del.....