PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GILBERTO CARABALLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en fecha 06 de Septiembre de 2004, contra la decisión de fecha 1° de Septiembre de 2004, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por concepto de prestaciones sociales interpuso el ciudadano LUIS ANTONIO MEDINA ARELLANO contra URBANIZADORA TERRAZAS DE GUAICOCO, C. A. TERCERO: SE CONDENA a URBANIZADORA TERRAZAS DE GUAICOCO, C. A. a pagar al ciudadano LUIS ANTONIO MEDINA ARELLANO la cantidad de Bs. 47.474,00 por concepto de días laborados y Bs. 305.190,00 por salarios cláusula 32 del convenio colectivo, más lo que resulte por antigüedad artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas, indemnización por despido, indemnización sustit.....