DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar actuando en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público por lo que se califican los hechos como flagrantes y se ordena la aplicación del procedimiento ordinario. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en relación a la Medida Judicial Privativa de Libertad, y en consecuencia SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al SOLDADO JOSÉ MIGUEL ESPINOZA, titular de la cedula de identidad Nº V-24.715.954, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de EVASIÓN DE PRESOS Y PRISIONEROS, previsto y sancionado en el artículo 558, más las agravantes establecidas en el artículo 402, Ordinales 1º, 5º y 10º, en grado de Autor conforme a lo estipulado en el artículo 389, Ordinal 1º, en concordancia con el artículo 390, Ordinal 1º, todos del Código Orgánic.....