En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROCIO DEL CARMEN SILVERA DE LA HOZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-22.892.048 en contra de PELUQUERIA TANIA 2.007, C.A., por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales., en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar los conceptos determinados en la parte motiva del fallo en extenso. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROCIO DEL CARMEN SILVERA DE LA HOZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-22.892.048 en contra de la ciudadana ELVIRA CONSUELO BARRAL DE FORTUNES en forma personal y solidaria. TERCERO: No .....