PRIMERO: La CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, decretada por este tribunal el 26 de julio de 2016, peticionada por los ciudadanos DAVID ALEJANDRO ARTEAGA ROJAS y LISETTE DEL VALLE KAAKEDJIAN BOISSIERE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 14.095.323 y V.- 13.887.893, respectivamente; asistidos por el profesional del derecho TITO CIPRIANO CARRERO VIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.529, en acatamiento a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 20 de noviembre de 2012, por los ciudadanos DAVID ALEJANDRO ARTEAGA ROJAS y LISETTE DEL VALLE KAAKEDJIAN BOISSIERE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 14.095.323 y V.- 13.887.893, respectivamente; por ante la Primera Autoridad Civil, de la Parroquia Leoncio Martínez del Municipio Suc.....