. se inhibe de seguir conociendo la presente causa en juicio por COBRO DE BOLÍVARES, interpuesto por el Abogado en ejercicio REINAL PÉREZ VILORIA, actuando en su carácter de Endosatario en Procuración de la Asociación Civil CUENTA CONMIGO A.C., contra los ciudadanos MERCEDES COROMOTO MATERÁN BASTIDAS Y FERNANDO ANTONIO DURÁN GARCÍA, este último en su propio nombre y también en representación de la Firma Personal CARNES CARNES DURÁN, por cuanto al revisar las actas procesales se observa que actúa el Abogado REINAL PÉREZ VILORIA como Apoderado Judicial de la parte actora, a quien en fecha 06 de Diciembre del año 2006 procedí a inhibírmele en el asunto KP02-R-2006-001353, y en todos los procesos que sea parte el referido Abogado REINAL PÉREZ VILORIA, de conformidad con el Ordinal 18º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil”.
Ahora bien, por cuanto es un hecho público y notorio, que la Juez inhibida, Abg. Tania María Pargas Canelón, en la actualidad no se e.....