DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguientes pronunciamiento:
DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Público Penal Trigésimo (30°) del Área Metropolitana de Caracas, Abg. MIGUEL JESUS SALAZAR OSECHAS, en su carácter de Defensor del ciudadano CARLOS ARTURO MARCIALES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, en fecha 5 de Marzo de 2013, mediante la cual decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236 en sus tres numerales, 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 238 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra .....