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DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: TERMINADA la presente incidencia de tacha de acta de defunción presentada por el abogado RENE HERNANDEZ BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.187, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana ZORAIDA CORZO DE ANTONACCI, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.- 4.249.561, en consecuencia queda desechado el instrumento.