DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, la Extinción de la Responsabilidad Criminal por el cumplimiento total de la condena al penado ÁNGEL ALFREDO OLIVEROS BOGADO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.379.165, por los delitos de ROBO GENÉRICO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 457 y 278 del texto sustantivo penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, prescindiéndose en atención al novísimo criterio jurisprudencial señalado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 940 de fecha 21/05/07, de la imposición de las accesorias de ley establecidas en el artículo 13 ejusdem, por cuanto las mismas violentan los derechos de iguald.....