Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 471 en concordancia con los artículos 482, 483, 487 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda PRIMERO: CONCEDE la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado Carlos Eduardo Moncada Chacón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.788.689, condenado a cumplir la pena de siete (07) meses, quince (15) días de prisión, como autor y responsable en la comisión del delito militar de Deserción previsto en el artículo 523, en concordada relación con el artículo 527 numeral 1° y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, beneficio que se otorga por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 482, 483 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico .....