Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 00037-22, Expediente N° 023-2021-01-01362, de fecha 27 de abril de 2022, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede Norte del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de REENGANCHE Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS incoada por la ciudadana EMILY AYALA, plenamente identificada en autos en contra de la entidad de trabajo ASOCIACION CIVIL VALORES EDUCATIVOS TELEVISION, (VALE TV), plenamente identificada en autos. SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ge.....