Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 471 en concordancia con los artículos 482, 483, 487 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda PRIMERO: CONCEDE la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano, Urdaneta Grimaldo José de Jesús, titular de la cédula de identidad N° 17.914.306, quien fuera condenado a cumplir la pena de dos(02)años, de prisión, como autor en la comisión del delito militar de deserción previsto en el artículo 523, 524 numeral 1° Y 525 del Código Orgánico de Justicia Militar, fórmula alternativa de cumplimiento de pena que se otorga por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 482, 483 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso dos (02) años, durante el cual está en la obliga.....