Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Militar Quinto en Funciones de Control con sede en Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamientos: UNICO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de emitir Orden de Aprehensión en contra del Ciudadano S/2do. JORGE LUIS CORDOVA ROJAS, titular de la Cedula de Identidad No. V-18.231.614, imputado por el delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en el artículo 523 Y 527 numeral 2° y el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. En tal sentido se ordena que por Secretaría se libre la respectiva orden y todos los documentos inherentes a hacer efectiva esta decisión. Se deja constancia del cumplimiento de las formalidades de ley en la presente audiencia, la cual concluyo a las 12:10 horas de la mañana Ofíciese lo conducente. H.....