Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide ÚNICO: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al Ciudadano Ex Soldado PALMAR AMADOR NAYID, titular de la cédula de identidad N° V-18.721.281, plaza del 205 Batallón de Ingenieros "C/A JOSE MARIA VARGAS", por el delito militar de DESERCIÓN, de conformidad con lo previsto en el Artículo 300 Ordinal 3º, concatenado con el Artículo 49 Ordinal 8°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se deja sin efecto la Orden de Aprehensión dictada contra el mencionado imputado en fecha 15 de febrero del 2011. Regístrese, diarícese y remítase al Archivo del Circuito Judicial Penal Militar, vencido el lapso de ley correspondiente. Ofíciese lo conducente.