PRIMERO: De conformidad con el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, Se Admite Parcialmente la Acusación en contra de los ciudadanos imputados: SM3 RICHARD DEIVIS RODRIGUEZ ORTIZ, titular de la cedula de identidad N° V-17.616.322, por la comisión del Delito Militar de DESOBEDIENCIA CON PERTURBACIÓN EN EL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 519 y 520 en su primer supuesto, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 402 numeral 1, todos del Código Orgánico de Justicia Militar y para el ciudadano C2 MISAEL RUBELEXIS SEGOVIA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° V-27.048.556, por la comisión del Delito Militar de DESOBEDIENCIA, CON PERTURBACIÓN EN EL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 519 y 520 en su primer supuesto, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se Admite parcialmente la calificación jurídica presentada en contra del ciudadano imputado: SM3 RICHARD DEIVIS RODRIGUEZ ORTIZ, titular de la ced.....