"...este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, DECLARA PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA en el Recuso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano MANUEL VICENTE GUEVARA ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad Nº V-797.279, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.591, actuando en su carácter de Apoderado Especial de la sociedad mercantil BANCO DE FOMENTO REGIONAL GUAYANA, C.A., en contra del acto administrativo contenido en la Resolución Nº HJI-100-00526 de fecha 2 de septiembre de 1985 emanada de la Dirección Jurídica Impositiva de la Dirección General de Rentas del Ministerio de Hacienda ¿actualmente denominado Ministerio del Poder Popular para las Finanzas- mediante la cual se confirmó la Planilla de Liquidación Nº H-82-00575681, de fecha 21 de marzo de 1985, emanada de la Dirección General Sectorial de Rentas de la Administración de Hacienda de la Región Guay.....