En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la Medida Preventiva de Embargo solicitada ante este órgano jurisdiccional, por los apoderados judiciales de la parte actora, CORPORACION VENEZOELANA DE TELEVISION C.A., (VENEVISION), en la pretensión de Cobro de Bolívares (Juicio Oral), contra la empresa AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Veinte (20) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Siete (2.007).- Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL JUE.....