Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 471 en concordancia con los artículos 482, 483, 487 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda PRIMERO: CONCEDE la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado TENIENTE CORONEL ® PABLO ANTONIO GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.237.380, quien fuera condenado a cumplir la pena de dos (02) años, nueve (09) meses, por la comisión de los delitos militares de Contra la Administración Militar, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 7 y 8 del Código Orgánico de Justicia Militar; en grado de cómplice; Falsificación y Falsedad de Documentos, previsto y sancionado en el artículo 569 del Código Orgánico de Justicia Militar; en grado de Cómplice; Usurpación de Funciones, previsto y sancionado en el artículo 507 del .....