Este Tribunal Militar Décimo de Control de Maracaibo, Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se establece que la detención ejecuta en fecha 14 de octubre de 2014, en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, en contra del ciudadano imputado SARGENTO PRIMERO DIONIS ADRIAN BATISTA GERARDIÑO, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.311.772, plaza del 114 Batallón Blindado "TTE. PEDRO CAMEJO", y puesto a la orden en el día de hoy por una comisión del Destacamento N° 121 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, es CONSTITUCIONAL Y LEGAL, de conformidad con el artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la petición fiscal y se RATIFICA LA DECISION DE FECHA 23 DE ABRIL DEL 2014, MOTIVO POR EL CUAL SE MANTIENE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA D.....