Por las razones de hecho y de derecho anteriormente, expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano NERIO OMAR GARCIA VASQUEZ, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.760, actuando como apoderado judicial de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJODORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), parte demandada en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoara en su contra la ciudadana OLYMAR ZURITA, en virtud de la omisión de pronunciamiento sobre la apelación ejercida por esa representación judicial en fecha 14 y 22 de mayo de 2012 contra el fallo de fecha 09 de mayo de 2012, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil.....