III
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara la falta de cualidad de la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA FEDA C.A, por no constar en autos la debida autorización de la Junta de Condominio de conformidad con el literal "e" del artículo 20 de la ley de Propiedad Horizontal;
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES incoada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA FEDA C.A., contra la ciudadana ANABEL LÓPEZ ÁLVAREZ, en virtud que la parte actora no posee la legitimación activa necesaria para hacer valer en juicio el derecho que reclama de conformidad con el literal "e" del artículo 20 eiusdem;
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora en virtud de haber resultado totalmente vencida en la presente.....