DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por la ciudadana MARILU MARGARITA RINCÓN de PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.872.321, contra el ciudadano ROBERTO ALEXANDER PERDOMO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.246.573.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diecisiete (17) de Diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante el Jefe Civil de la Parroquia La Rosa del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el Nº 91, Folios 194 y 195, Año: 1994.
Publíquese, Regístrese incluso en.....