Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-PRIMERO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda de contenido patrimonial interpuesto conjuntamente con medida cautelar de embargo las abogadas María Gabriela Cárdenas Núñez, Reinelsy González Gutiérrez, Pedymar García Rodríguez, Alexandra Endres Lozada y Carolina Otto Camacaro, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 117.496, 120.882, 134.752, 171.515 y 164.182 respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, contra la sociedad mercantil CLC INVERSIONES, C.A.
- SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de e.....