DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer de la demanda de nulidad incoada por el ciudadano AUGUSTO RODOLFO CASTILLO CAMPOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 22.016.623, asistido en este acto por la Abogada María Raquel Meneses Ferraz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 237.241, Defensora Pública Auxiliar (5º) Quinta con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas, en contra del Acto Administrativo contenido en el expediente Nº PD-CRELG-004-2016 de fecha 05 de septiembre de 2016, emanado de la Coordinación del Complejo Residencial Estudiantil "Livia Governeur" adscrito al INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD DE CARACAS, suscrito por el ciudadano Gender Vanegas, Comisionado Ej.....