Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Primero de Control de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA relacionada con la presunta comisión de presuntos hechos delictuosos de carácter Penal Militar, Delito contra los deberes y el Honor Militar ( HECHOS PUNIBLES DE NATURALEZA PENAL MILITAR ) tipificado en el Código Orgánico de Justicia Militar, SIN IMPUTADO, DENUNCIA formulada por el ciudadano JOSE ARMANDO CADENAS MENDEZ, titular de la cedula de identidad Nº 6.436.138, HECHOS OCURRIDOS PRESUNTAMENTE EN EL CENTRO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS DE LA GUARDIA NACIONAL, Publíquese, regístrese, expídase copia certificada, y notifíquese.
LA JUEZ MILITAR (FDO) LORENZA DOMÍNGUEZ D.....