DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, éste Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por el ciudadano ALEXANDER JOSE ALFONZO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.443.583 y se ordena al Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, estampar la nota marginal del acta de matrimonio del ciudadano ALEXANDER JOSE ALFONZO y OLIDAY MARIA MIERES, de fecha 14 de julio de 1999, signada bajo el Nº 69, de los libros de matrimonio llevados en el año 1999, quedando rectificada de la siguiente manera: donde dice: "...ALFONSO...", debe decir: "ALFONZO".- Y así se declara.-
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas conforme al artículo 152 ejusdem y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión una v.....