DISPOSITIVA
Con fuerza a lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, Edo Mérida, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECRETA. PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en la causa Nro. CJPM-TM12-044-2011, seguida en contra del ciudadano LUIS GERARDO GAONA PORTILLO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.929.425, como Autor en la comisión del Delito Militar de USO INDEBIDO DE UNIFORMES, INSIGNIAS, CONDECORACIONES Y TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566, del Código Orgánico de Justicia Militar. De conformidad con lo establecido en los artículos 436 numeral 4º y 438 segundo aparte, del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación con lo previsto en los artículos 49 ordinal 8º y 300, ordinal 3º, Primer Supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable en la Jurisdicción Militar por mandato expreso de los artículos 2.....