Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Primero de Control con sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar la solicitud hecha por el Ministerio Publico Militar, en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en relación a la presunta comisión de uno de los delitos tipificado en el Código Orgánico de Justicia Militar en su Titulo III, Capitulo X, de los delitos contra las personas y la propiedad; Según denuncia formulada por el ciudadano: CAP (EJ) LUIS BELTRAN BAUZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.979.949, Plaza de la Escuela de Infantería del Ejercito. SEGUNDO: Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, al Archivo del Circuito Judicial Penal Militar, a los fines establecidos en el artículo 98 ejusdem