Por los fundamentos antes expuestos, ESTE JUZGADO MILITAR TERCERO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano: S/2. TORREALBA GUTIÉRREZ WILLIAMS, titular de la cédula de identidad Nº V-25.234.246, quien se encuentra presuntamente incurso en los delitos militares de ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, acogiendo la calificación provisional aportada por el Ministerio Publico. SEGUNDO: Se decreta continuar por los trámites del procedimiento ordinario TERCERO: Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el Representante de la Defensa Publica militar, en cuanto a la solicitud de una Medida Menos Gravosa conforme al 242 numeral 3° y 4° del código orgánico procesal penal, relativa a la presentación periódicas cada quince (15) días; específicament.....