De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Decimo de Control, en contra del penado ciudadano DISTINGUIDO WILSON JOSE QUINTERO ZAMBRANO, titular de la cedula de identidad N° V- 21.355.430, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena. SEGUNDO: A los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 473 en concordada relación con el numeral 3 del artículo 471 del Código Orgánico Procesal penal, se ordena remitir copia certificada del presente auto de sentencias al Tribunal Militar.....