DISPOSITIVA
De este mismo modo una vez escuchado los argumentos y alegatos de las partes la Juez Militar procede a emitir su fallo en los términos siguientes. Este Tribunal Militar Tercero de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARO PRIMERO: Se Admite en su TOTALIDAD LA ACUSACIÓN, y las PRUEBAS ofrecidas por el Fiscal Militar, por ser las mismas lícitas, legales, pertinentes y necesarias, SEGUNDO: Una vez escuchada la opinión favorable del Ministerio Público Militar, este Órgano Jurisdiccional DECLARA CON LUGAR la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO efectuada tanto por el Acusado como por su Defensor, en consecuencia DECRETA a tenor de lo previsto en el artículo 42 y parte in fine del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de DOS (02) AÑOS favor del ciudadano Acusado S/1º ARAUJO OROPEZA WILLIANS JOSE, titular de la cédula de identidad V.....