PARCIALMENTE CON LUGAR apelación ejercida por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 01 de Febrero de 2005, SIN LUGAR la adhesión a la apelación interpuesta por la parte actora el 13 de Octubre de 2006.CON LUGAR la defensa de prescripción alegada por la parte demandada en relación a la diferencia de prestaciones sociales; SIN LUGAR la defensa de prescripción alegada por la demandada, en relación al derecho a la jubilación de la demandante. CON LUGAR la Pensión de Jubilación Vitalicia de la accionante, por lo que la demandada CANTV deberá cancelar a la demandante ALBA ROSA NUÑEZ ALDANA una la pensión de jubilación a razón de (Bs. 167.258,75) mensuales, es decir, el 63% del último salario normal devengado por la actora de Bs. 265.490,08; dicho monto deberá ser reajustado en proporción a los incrementos que hubiere otorgado la empresa sobre este bene.....