TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL DE LA FRÍA, ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por la Fiscalía Militar Trigésima Tercera de la Fría, en contra del ciudadano MARCO ANTONIO JOYA VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V- 21.563.918, quien fuese Sargento Primero, plaza del 251 BIM "JOSÉ CORNELIO MUÑOZ", con sede en Coloncito, estado Táchira, por la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523, 527 ordinal 1º y sancionado en el Artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar.SEGUNDO:ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas en la acusación presentada por la Fiscalía Militar Trigésima Tercera de la Fría, en virtud de que las mismas son legales, lícitas, pertinentes y necesarias.TERCERO: CON LUGAR, la solicitud efectuada por la ciudadana Defensora Pública Militar y su defendido en cuanto la solicitud de la SUSPENSIÓN CONDICIONA.....