DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el Estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta: PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud de Libertad Plena, realizada por el ABOGADO LLINAS QUINTERO OSWALDO ALCIBIADES, en favor de sus defendidos FREDDY RAFAEL MOLINA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.955.742 y FRANZ DE JESÚS GÓMEZ ALZATE, titular de la cédula de identidad Nro. 12.103.521, fundamentada en que los lapsos son de Orden Público, y que el Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida, no dio cumplimiento a los mismos, por considerar este Órgano Jurisdiccional, que la solicitud de Privación Judicial Preventiva de Libertad, realizada por la Fiscalía Militar Trigésima Segunda de Mérida, fue consignada ante el alguacilazgo en fecha 15 DE Mayo del 2017 a las 17:00 hrs, y recibida por este Despacho en fecha 16 de Mayo del 2016 a las 08:00 hrs, fecha en la cual se proc.....