En mérito y con fundamento a cada uno de los razonamientos expuestos en el cuerpo del presente fallo, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ALBERTA SINISCALCHI SUR inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.25.016, en su carácter de apoderada judicial de la parte intimada recurrente, ciudadana MARTA EMILIA SINISCALCHI DE LASAGNA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.353.630, contra la decisión dictada en fecha 26 de noviembre de de 2008, por la Sala de Juicio XV del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Como consecuencia de la decisión anterior, SE DECLA.....