En mérito de las anteriores consideraciones, este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: Se repone la causa al estado de librar nuevo oficio a la Procuradora General de la República del presente Recurso de Nulidad con la inserción de copias certificadas del mismo conjuntamente con sus recaudos, así como el auto de admisión, todo en el Recurso de nulidad interpuesto por la empresa BIC DE VENEZUELA, C.A., en contra de la Providencia Administrativa Nº 00137/10 de fecha 26 de marzo de 2010, Expediente N° 027-08-01-3784 (FS). SEGUNDO: Se ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República. ASI SE ESTABLECE.