Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CARACAS, DECLARA: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta tenemos, que el ciudadano: 1) EL GENERAL DE DIVISION. OSWALDO HERNANDEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.362.646, fue detenido Judicialmente el 26 DE MARZO DE 2014, Fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y SIETE (07) MESES DE PRISION, más la pena accesoria de ley, señalada en el artículo 407 en el numeral 1°,del Código Orgánico de Justicia Militar, referida a la Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena, por la comisión del delito militar de INSTIGACION A LA REBELION, previsto y sancionado en el artículo 481 y CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 565 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, lo que significa que, ha cumplido hasta la fecha de Ejecución de la presente Sentencia, CUATRO (04) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTICUATRO (24) DI.....