Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia, para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano YESENIA STEPHANY PULIDO OSORIO, portadora de la cédula de identidad Nro. V-22.043.260, asistida por el abogado EMILIO RAFAEL GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.956, contra la Universidad José Maria Vargas, y en consecuencia este Juzgado ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.Líbrese oficio.