En merito y con fundamento en cada uno de los argumentos expuestos, esta CORTE SUPERIOR ACCIDENTAL SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento realizado por la ciudadana ADRIANA SANCHEZ BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.867.455, inscrita en el Inpreabogado bajo el número de matricula 43.455, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, queda definitivamente firme la resolución apelada, dictada en fecha 20 de Enero de 2008 por la Jueza Unipersonal N° VIII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropoli.....