IV
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos FREDDY ENRIQUE CASTRO COLMENARES y ROSA ANTONIA BARRIOS de CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.965.222 y V-11.456.147, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas, estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha seis (6) de Abril del año mil novecientos ochenta y uno (1981), por ante el Prefecto del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 286, Libro N° 2, Folios 83 y 84, Año: 1981.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo .....