DECLARO: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación interpuesta por el Ministerio Público Militar con Sede en Punto Estado Falcón, en contra del ciudadano Ex – Marinero HARRINSON DOUGLAS LANDAETA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.490.515, a quien se le acusa por la comisión del delito militar de DESERCION, tipificado en el artículo 523, en concordancia con el ordinal 1º del artículo 527 y sancionado el articulo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, al igual que las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Militar y de la Defensa Pública Militar en este acto. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud interpuesta por la Defensa Pública Militar y ratificada en este por el Ministerio Público Militar ambos con sede en la Ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, de decretar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa seguida al Ex – Marinero HARRINSON DOUGLAS LANDAETA HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-18.490.515, a quien se le acusa.....