DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: De oficio se anula el auto de fecha 07 de julio del año en curso dictado por el juzgado cuarto de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial y todos las actuaciones subsiguientes al mismo. Se repone la causa al estado que el a quo oiga en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto por el accionante Ender Onecimo Chirinos Silva, identificado en autos contra la decisión interlocutoria con carácter definitivo de fecha 28 de junio del corriente año dictado por el referido a quo y luego de ello, vuelva a remitir a la URDD Civil el expediente a los fines de su distribución entre el Juzgador Superiores Civil, Mercantil y del Transito de esta circu.....