DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda ADMITIR el recurso de apelación interpuesto en fecha 9 de octubre de 2013, por la profesional del derecho SONIA GOMEZ TOVAR, Defensora Pública Auxiliar Vigésima Penal, en su carácter de defensora del ciudadano JOSÉ LUIS NIEVES LÓPEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de octubre de 2013, mediante la cual acuerda "...Decreta la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano JOSÉ LUIS NIEVES LOPEZ..., de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 238 numeral 2 todos del Código .....