En base a los fundamentos de hecho y de derecho previamente explanados, es por lo que este Tribunal Militar Tercero de Control de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del S2. URBINA SOLORZANO DAVID DAVIS, titular de la cédula de identidad Nº V-25.878.360 y S2 ESCALONA CARRIZO NEHOMAR JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V-26.884.561, quienes se encuentran presuntamente incursos en los delitos militares: DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en el artículo 519 Y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar; quedando exento de toda responsabilidad penal, sólo en lo que al presente hecho se refiere; asimismo, se decreta el CESE INMEDIATO de las medidas a las que fuera sometido los prenombrados ciudadanos. Y ASÍ SE DECIDE.