DISPOSITIVA
En fuerza a lo antes expuesto, este Juzgado Militar Duodécimo de Control de Mérida; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: se declara CON LUGAR, la solicitud realizada por el Fiscal Militar Trigésimo Cuarto de Mérida y el Defensor Público Militar de Mérida, en consecuencia se le impone al imputado SM/3 RICARDO ANTONIO BUSTAMANTE GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.577.130, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del Destacamento Nro. 229 del Comando de Zona Para el Orden Interno Nro. 22 Mérida, a quien se le sigue Investigación Penal Militar, por encontrarse incurso en la presunta comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523 y 527 numeral 1 y sancionado en el 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 242 numerales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal.....