Y visto igualmente que mediante diligencia suscrita por la abogada Teresa Herrera, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 1.668, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIZEL DE LA CONCEPCIÓN DIAZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.881.551, mediante la cual manifestó su conformidad con el cumplimiento de la sentencia por parte del Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas, y solicitó se diera por terminada la presente causa; es por todo lo anteriormente expuesto que se desprende claramente el cumplimiento de la referida sentencia, en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADO el proceso en el presente juicio, se ordena el archivo del presente expediente, y remítase si lo hubiere el expediente administrativo del caso, en su debida oportunidad a la oficina administrativa de origen.
LA JUEZ,
YARITZA VALDIVIEZO ROSAS
EL SECRETARIO ACC,
MARCO T. URIBE G.
YVR/MTU/mfd
Exp: 5752